Calendario del Contribuyente 2026

Consulta todas las obligaciones fiscales del año 2026 con datos oficiales de la Agencia Tributaria. Selecciona un mes para ver los plazos detallados y filtrar por tipo de contribuyente e impuesto.

¿Qué es el calendario del contribuyente?

El calendario del contribuyente 2026 recoge todas las fechas límite establecidas por la Agencia Tributaria (AEAT) para presentar declaraciones, autoliquidaciones y declaraciones informativas a lo largo del año fiscal.

Cada mes tiene sus propios plazos según el tipo de obligación: los autónomos presentan trimestralmente (enero, abril, julio y octubre), las grandes empresas tienen obligaciones mensuales, y los particulares se centran principalmente en la campaña de la Renta (abril-junio).

Fechas clave del calendario fiscal 2026

  • 30 de enero — Modelos trimestrales del 4T 2025 (IVA 303, IRPF 130/131, resumen anual 390)
  • 8 de abril — Inicio campaña Renta 2026 por Internet
  • 25 de junio — Último día para domiciliar la Renta con resultado a ingresar
  • 30 de junio — Fin de la campaña de la Renta 2026
  • 27 de julio — Impuesto de Sociedades (modelo 200)
  • 20 de octubre — Modelos trimestrales del 3T 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué es el calendario del contribuyente?

Es el calendario oficial publicado por la AEAT con todas las fechas límite para presentar declaraciones y autoliquidaciones de impuestos a lo largo del año.

¿A quién afecta el calendario del contribuyente 2026?

Afecta a todos los contribuyentes: particulares (declaración de la Renta), autónomos (pagos fraccionados IRPF e IVA trimestral), empresas (retenciones, IVA, Sociedades) y grandes empresas (declaraciones mensuales).

¿Cuándo empieza la campaña de la Renta 2026?

La campaña comienza el 8 de abril de 2026 con la presentación por Internet y finaliza el 30 de junio de 2026. La presentación telefónica empieza el 6 de mayo.

¿Qué pasa si presento fuera de plazo?

Presentar fuera de plazo conlleva recargos: 1% por cada mes de retraso si lo presentas voluntariamente. Si media requerimiento de Hacienda, se aplican sanciones del 50% al 150% de la cuota.

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