Calendario del Contribuyente 2026
Consulta todas las obligaciones fiscales del año 2026 con datos oficiales de la Agencia Tributaria. Selecciona un mes para ver los plazos detallados y filtrar por tipo de contribuyente e impuesto.
¿Qué es el calendario del contribuyente?
El calendario del contribuyente 2026 recoge todas las fechas límite establecidas por la Agencia Tributaria (AEAT) para presentar declaraciones, autoliquidaciones y declaraciones informativas a lo largo del año fiscal.
Cada mes tiene sus propios plazos según el tipo de obligación: los autónomos presentan trimestralmente (enero, abril, julio y octubre), las grandes empresas tienen obligaciones mensuales, y los particulares se centran principalmente en la campaña de la Renta (abril-junio).
Fechas clave del calendario fiscal 2026
- 30 de enero — Modelos trimestrales del 4T 2025 (IVA 303, IRPF 130/131, resumen anual 390)
- 8 de abril — Inicio campaña Renta 2026 por Internet
- 25 de junio — Último día para domiciliar la Renta con resultado a ingresar
- 30 de junio — Fin de la campaña de la Renta 2026
- 27 de julio — Impuesto de Sociedades (modelo 200)
- 20 de octubre — Modelos trimestrales del 3T 2026
Preguntas frecuentes
¿Qué es el calendario del contribuyente?
Es el calendario oficial publicado por la AEAT con todas las fechas límite para presentar declaraciones y autoliquidaciones de impuestos a lo largo del año.
¿A quién afecta el calendario del contribuyente 2026?
Afecta a todos los contribuyentes: particulares (declaración de la Renta), autónomos (pagos fraccionados IRPF e IVA trimestral), empresas (retenciones, IVA, Sociedades) y grandes empresas (declaraciones mensuales).
¿Cuándo empieza la campaña de la Renta 2026?
La campaña comienza el 8 de abril de 2026 con la presentación por Internet y finaliza el 30 de junio de 2026. La presentación telefónica empieza el 6 de mayo.
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
Presentar fuera de plazo conlleva recargos: 1% por cada mes de retraso si lo presentas voluntariamente. Si media requerimiento de Hacienda, se aplican sanciones del 50% al 150% de la cuota.