Calendario del Contribuyente 2026

Todas las obligaciones fiscales de 2026 según el calendario de la Agencia Tributaria. Empezamos por lo que importa: qué vence a continuación si eres particular o autónomo. Debajo tienes el detalle mes a mes, con filtros por impuesto y tipo de contribuyente. El documento oficial completo está en el calendario del contribuyente de la sede de la AEAT; las fechas de la declaración de la Renta tienen su propia guía: calendario de la Renta 2026.

Próximos plazos para particulares y autónomos

20 de octubrefaltan 2 días
  • 111115117123124126+5Retenciones e ingresos a cuenta (Tercer trimestre 2026 / Septiembre 2026)Trimestral
  • 130131Pagos fraccionados Renta (estimación directa y objetiva) (Tercer trimestre 2026)Trimestral
  • 303309380Autoliquidación IVA trimestral y operaciones asimiladas (Tercer trimestre 2026)Trimestral
  • 349Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Tercer trimestre 2026 / Septiembre 2026)Trimestral
  • 308341Solicitudes de devolución y reintegro de compensaciones (Tercer trimestre 2026)Trimestral

Calcula lo que te toca: Retenciones de IRPF · Modelo 130

31 de octubrefaltan 13 días
  • 369Ventanilla única: régimen de importación y regímenes exterior/Unión (Septiembre 2026 / Tercer trimestre 2026)Trimestral
20 de noviembrefaltan 33 días
  • 349Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Octubre 2026)MensualPlazo mensual: solo lo presentan quienes liquidan mes a mes (volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € el año anterior, inscritos en el registro de devolución mensual o grupos de entidades). Si presentas por trimestres, tu plazo no es este.

Solo se listan las obligaciones que afectan a particulares y autónomos. Las empresas y las grandes empresas tienen vencimientos adicionales: consúltalos en la página del mes.

El calendario fiscal 2026, mes a mes

¿Qué es el calendario del contribuyente?

El calendario del contribuyente 2026 recoge todas las fechas límite establecidas por la Agencia Tributaria (AEAT) para presentar declaraciones, autoliquidaciones y declaraciones informativas a lo largo del año fiscal.

Cada mes tiene sus propios plazos según el tipo de obligación: los autónomos presentan trimestralmente (enero, abril, julio y octubre), las grandes empresas tienen obligaciones mensuales, y los particulares se centran principalmente en la campaña de la Renta (abril-junio).

Fechas clave del calendario fiscal 2026

  • 30 de enero — Modelos trimestrales del 4T 2025 (IVA 303, IRPF 130/131, resumen anual 390)
  • 8 de abril — Inicio campaña Renta 2026 por Internet
  • 25 de junio — Último día para domiciliar la Renta con resultado a ingresar
  • 30 de junio — Fin de la campaña de la Renta 2026
  • 27 de julio — Impuesto de Sociedades (modelo 200)
  • 20 de octubre — Modelos trimestrales del 3T 2026
  • 2 de noviembre — Último día para domiciliar el segundo plazo de la Renta, si domiciliaste el primero
  • 5 de noviembre — Segundo plazo de la Renta (40 % restante) si fraccionaste el pago
  • 31 de diciembre — Opciones y renuncias de régimen fiscal con efectos en 2027

Trimestral o mensual: no todos los plazos son para todos

Un mismo modelo aparece en varios meses porque no todo el mundo lo presenta con la misma periodicidad. Por regla general el periodo de liquidación es el trimestre natural, así que los vencimientos de un autónomo o una pyme son enero, abril, julio y octubre.

Solo liquidan mes a mes quienes superaron los 6.010.121,04 € de volumen de operaciones el año anterior, quienes adquirieron un patrimonio empresarial que supera ese umbral, los inscritos en el registro de devolución mensual y los grupos de entidades (artículo 71.3 del Reglamento del IVA). Para las retenciones vale la misma regla, más las Administraciones públicas con presupuesto superior a 6 millones de euros (artículo 108.1 del Reglamento del IRPF).

Por eso en el listado de arriba cada obligación lleva su periodicidad: si presentas por trimestres, un vencimiento marcado como mensual no es tuyo.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la próxima fecha límite de Hacienda?

Para quien presenta por trimestres, la próxima fecha límite es el 20 de octubre de 2026, con los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216. Quien liquida mes a mes tiene además vencimientos intermedios.

¿Qué es el calendario del contribuyente?

Es el calendario oficial publicado por la Agencia Tributaria (AEAT) con todas las fechas límite para presentar declaraciones y autoliquidaciones de impuestos a lo largo del año.

¿A quién afecta el calendario del contribuyente 2026?

Afecta a todos los contribuyentes: particulares (declaración de la Renta), autónomos (pagos fraccionados IRPF e IVA trimestral), empresas (retenciones, IVA, Sociedades) y grandes empresas (declaraciones mensuales).

¿Por qué el modelo 111 o el 303 aparecen también en meses que no son de cierre de trimestre?

Porque hay contribuyentes que liquidan mes a mes: los que superaron 6.010.121,04 euros de volumen de operaciones el año anterior, los inscritos en el registro de devolución mensual y los grupos de entidades (artículo 71.3 del Reglamento del IVA y artículo 108.1 del Reglamento del IRPF). Si presentas por trimestres, esos vencimientos mensuales no son tuyos: los tuyos son enero, abril, julio y octubre.

¿Cuándo es la campaña de la Renta?

La campaña de la Renta 2026 (ejercicio 2025) terminó el 30 de junio de 2026. La AEAT todavía no ha publicado el calendario de la campaña de la Renta 2027, así que aún no hay fechas confirmadas. En los últimos años se ha abierto en abril y ha cerrado a finales de junio, pero eso no es una fecha oficial.

¿Qué pasa si presento fuera de plazo?

Si presentas por tu cuenta, sin requerimiento previo, una declaración que sale a pagar, el recargo es del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, sin intereses ni sanción; pasados 12 meses, del 15 % más intereses de demora (artículo 27 de la Ley General Tributaria). Si sale a devolver o a cero y estabas obligado, la multa es de 200 €, o 100 € sin requerimiento previo (artículo 198). Si Hacienda te requiere antes, se aplican sanciones del 50 % al 150 % de la cantidad no ingresada.

Información orientativa elaborada a partir del calendario del contribuyente de la AEAT y de la normativa citada. No sustituye a la consulta de la sede electrónica de la Agencia Tributaria ni al asesoramiento profesional: tu periodicidad, tu régimen y tus obligaciones concretas pueden ser distintos de los del caso general.

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