Cuota de autónomos 2026: la última ventana para cambiar la base
Contenido elaborado por el equipo editorial de CalculadoraRenta.es a partir de fuentes oficiales (AEAT y BOE). Cómo verificamos los datos.
La cuota de autónomos 2026 no es una cifra fija que te toca en suerte: es el resultado de una base de cotización que tú eliges dentro de tu tramo y que puedes cambiar hasta seis veces al año. El detalle que casi nadie tiene en el calendario es que esos seis cambios no están repartidos a tu gusto: el artículo 45.1 del Reglamento General sobre Cotización fija ventanas cerradas de dos meses, y la que se abre el 1 de septiembre y se cierra el 31 de octubre es la última que todavía cambia lo que pagas en 2026. Lo que solicites en noviembre o diciembre ya no toca este ejercicio.
Qué ha pasado
Nada ha cambiado en la norma: lo que cambia es la fecha. Estamos a punto de agotar la cuarta de las seis ventanas del año (la que se cierra el 31 de agosto, con efectos el 1 de septiembre) y de entrar en la quinta.
Los seis plazos del artículo 45.1 del Real Decreto 2064/1995, en la redacción que le dio el RD-ley 13/2022, son estos:
| Si lo solicitas entre… | La nueva base se aplica desde… |
|---|---|
| 1 de enero y último día de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Lo que sí ha cambiado en 2026 son las cifras. La Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, fijó las tablas del ejercicio: mantiene los tramos de 2025 pero sube la base máxima a 5.101,20 €/mes, y el tipo de cotización total pasa al 31,50% porque el MEI sube una décima cada año y este ejercicio está en el 0,90%.
A quién afecta y desde cuándo
A todo el que esté de alta en el RETA, pero de forma muy distinta según el caso:
- Si tus ingresos de 2026 están siendo mayores de lo previsto en enero, cotizas por debajo de lo que te toca. No es una infracción —la base es provisional por diseño—, pero la diferencia te la reclamarán entera en la regularización.
- Si están siendo menores, pagas de más cada mes y solo recuperarás el exceso si tu base se salió por encima del máximo de tu tramo definitivo.
- Si te acercas a la jubilación, la base de estos años es la que calculará tu pensión: subirla no es un gasto, es una aportación.
La tabla general de 2026, con la cuota mensual que sale de aplicar el 31,50% a la base mínima de cada tramo:
| Rendimiento neto/mes | Base mínima | Cuota por la base mínima |
|---|---|---|
| ≥ 1.166,70 y ≤ 1.300 € | 950,98 € | 299,56 € |
| > 1.300 y ≤ 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € |
| > 1.700 y ≤ 1.850 € | 1.143,79 € | 360,29 € |
| > 1.850 y ≤ 2.030 € | 1.209,15 € | 380,88 € |
| > 2.030 y ≤ 2.330 € | 1.274,51 € | 401,47 € |
| > 2.330 y ≤ 2.760 € | 1.356,21 € | 427,21 € |
| > 2.760 y ≤ 3.190 € | 1.437,91 € | 452,94 € |
| > 3.190 y ≤ 3.620 € | 1.519,61 € | 478,68 € |
| > 3.620 y ≤ 4.050 € | 1.601,31 € | 504,41 € |
| > 4.050 y ≤ 6.000 € | 1.732,03 € | 545,59 € |
| > 6.000 € | 1.928,10 € | 607,35 € |
Por debajo de 1.166,70 €/mes de rendimiento se aplica la tabla reducida, cuya cuota más baja es de 205,88 €/mes. Las cuotas son estimaciones orientativas calculadas sobre la base mínima de cada tramo.
Cuánto dinero supone
Un ejemplo paso a paso, con cifras que puedes comprobar en la calculadora de cuota de autónomos:
Una diseñadora que facturó 30.000 € y tuvo 5.000 € de gastos deducibles:
- Rendimiento neto: 30.000 − 5.000 = 25.000 €.
- Deducción por gastos genéricos del 7% (art. 308.1.c LGSS): −1.750 €.
- Rendimiento computable: 23.250 €, que entre 12 son 1.937,50 €/mes.
- Ese rendimiento cae en el tramo 5 de la tabla general (> 1.850 y ≤ 2.030 €), con base mínima de 1.209,15 €.
- Cuota: 1.209,15 × 31,50% = 380,88 €/mes.
Si en enero declaró que iba a ganar mucho menos y lleva todo el año cotizando por la base mínima de la tabla reducida (653,59 €, es decir 205,88 €/mes), la diferencia es de 175 € al mes. Sobre los doce meses del ejercicio, unos 2.100 € que tendrá que ingresar de golpe cuando le notifiquen la regularización.
Y aquí está el matiz que casi nadie cuenta: esa diferencia se paga sin intereses ni recargo. El artículo 308.1.c) de la Ley General de la Seguridad Social dice literalmente que se ingresa «hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se le notifique el resultado de la regularización, sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno de abonarse en ese plazo». Cotizar por debajo no es gratis, pero tampoco se penaliza: es un aplazamiento sin coste financiero, a cambio de un pago único que llega meses después y suele pillar sin liquidez.
La regularización solo actúa en los extremos
Esto es lo que más se malentiende. La Seguridad Social no ajusta tu cotización a la base mínima de tu tramo: solo interviene si te saliste del intervalo.
| Cómo cotizaste | Qué pasa en la regularización |
|---|---|
| Por debajo de la base mínima de tu tramo | Ingresas la diferencia, sin intereses ni recargo |
| Dentro del intervalo mínimo-máximo de tu tramo | No pasa nada: ni te reclaman ni te devuelven |
| Por encima de la base máxima de tu tramo | La Tesorería te devuelve el exceso de oficio, sin intereses |
La consecuencia práctica es que lo que pagas de más por elegir una base alta dentro de tu tramo no se te devuelve nunca, pero tampoco se pierde: engorda la base reguladora de tu jubilación, de la incapacidad temporal y del cese de actividad. Es la única palanca real que tiene un autónomo sobre su pensión futura, y solo se puede accionar en estas seis ventanas.
Qué puedes hacer ahora
- Haz la cuenta de lo que llevas ganado en 2026 y compárala con la previsión que declaraste. Con la calculadora de cuota de autónomos sacas tu tramo, tu base mínima y la cuota exacta con el desglose por concepto.
- Si vas corto de cotización, solicita el cambio de base antes del 31 de octubre. Se hace en el portal Import@ss de la Seguridad Social y hay que acompañarlo de una declaración del promedio mensual de rendimientos netos previstos (art. 45.2). Es la última ventana con efectos en 2026.
- Si has ido sobrado y quieres cerrar el año cotizando más para la jubilación, esta ventana también es la última oportunidad. Comprueba antes en la calculadora de pensión de jubilación qué mueve realmente en tu caso.
- No confundas cuota con IRPF. Las cuotas del RETA son gasto deducible en tu declaración: mira los gastos deducibles del autónomo en el IRPF y calcula tu retención en la calculadora de IRPF para autónomos.
- Si te diste de alta hace menos de un año, revisa la cuota reducida: son 80 €/mes, pero el MEI se cotiza aparte, así que el recibo real ronda los 88,56 €.
En resumen
- La ventana abierta del 1 de septiembre al 31 de octubre es la última que cambia la cuota de 2026; a partir del 1 de noviembre solo se toca ya 2027.
- En 2026 el tipo de cotización es del 31,50% (el MEI sube al 0,90%) y la base máxima, de 5.101,20 €/mes.
- La cuota va de 205,88 €/mes en el tramo más bajo de la tabla reducida a 607,35 €/mes en el tramo más alto de la general, cotizando por la base mínima.
- La regularización solo actúa si te saliste del intervalo de tu tramo: dentro de él no hay devolución ni reclamación.
- Cotizar de menos y regularizar después no genera intereses ni recargo, pero se paga de una vez.
Información orientativa elaborada a partir de la Orden PJC/297/2026, el Real Decreto-ley 3/2026, el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 45 del Real Decreto 2064/1995. Los ejemplos numéricos son estimaciones y no sustituyen al cálculo oficial de la Tesorería General de la Seguridad Social ni al asesoramiento profesional. Actualizado el 30 de agosto de 2026.