Calculadora Cuota de Autónomos 2026

Calcula tu cuota de autónomos según el sistema de cotización por ingresos reales. Introduce tus ingresos y gastos previstos para conocer tu tramo, base de cotización y cuota mensual con desglose completo.

Puedes cambiar tu base de cotización hasta el 31 de agosto. Es la ventana abierta ahora mismo de las seis que permite el artículo 45.1 del Reglamento General sobre Cotización: lo que solicites dentro de plazo surte efectos el 1 de septiembre y te afecta a los 4 últimos meses del año.

Facturacion total anual (sin IVA).

Gastos de la actividad (sin cotizaciones SS, que se calculan aqui).

Sistema de cotización por ingresos reales

Desde enero de 2023, los autónomos en España cotizan a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos reales, no por una base elegida libremente. El sistema establece una tabla reducida de 3 tramos y una tabla general de 12, cada uno con una base mínima y máxima de cotización. Las tablas de 2026 son las del artículo 18.1 de la Orden PJC/297/2026: repiten los tramos de 2025 con la base máxima subida a 5.101,20 €/mes, el nuevo tope de cotización.

El tipo de cotización total es del 31,50% sobre la base elegida, y se desglosa en: contingencias comunes (28,30%), contingencias profesionales (1,30%), cese de actividad (0,90%), formación profesional (0,10%) y MEI (0,90%). El MEI sube una décima cada año, así que este tipo cambia todos los eneros.

Cuándo puedes cambiar tu base de cotización

La base que eliges es provisional: puedes ajustarla hasta seis veces al año. El artículo 45.1 del Reglamento General sobre Cotización fija la fecha de efectos según cuándo presentes la solicitud, no según cuándo la resuelva la Seguridad Social.

Si lo solicitas entre…La nueva base se aplica desde…
1 de enero y último día de febrero1 de marzo
1 de marzo y 30 de abril1 de mayo
1 de mayo y 30 de junio1 de julio
1 de julio y 31 de agosto1 de septiembre
1 de septiembre y 31 de octubre1 de noviembre
1 de noviembre y 31 de diciembre1 de enero del año siguiente

La consecuencia práctica: la ventana que se cierra el 31 de octubre es la última que cambia lo que pagas dentro del año en curso. A partir del 1 de noviembre ya solo puedes tocar la cuota del ejercicio siguiente.

La regularización: por qué la base es provisional

Cuando la Agencia Tributaria comunica tus rendimientos reales, la Seguridad Social regulariza lo cotizado (art. 308.1.c LGSS). Pero solo actúa si tu base se salió del intervalo de tu tramo definitivo:

  • Cotizaste por debajo de la base mínima de tu tramo: ingresas la diferencia hasta el último día del mes siguiente a la notificación, sin intereses ni recargo.
  • Cotizaste por encima de la base máxima de tu tramo: la Tesorería te devuelve el exceso de oficio, sin intereses.
  • Cotizaste dentro del intervalo de tu tramo: no se regulariza nada. Lo que pagaste de más por elegir una base alta no se devuelve, pero tampoco se pierde: cuenta para tu pensión.

¿Cómo se calcula el rendimiento neto?

El rendimiento neto que determina tu tramo se calcula así:

  1. Ingresos: toda tu facturación anual (sin IVA).
  2. Menos gastos deducibles: alquiler del local, suministros, material, seguros, etc. No incluyas las cotizaciones a la Seguridad Social.
  3. Menos reducción por gastos de difícil justificación: un 7% del rendimiento neto para persona física (estimación directa simplificada) o un 3% para autónomos societarios.
  4. Dividir entre 12: el resultado mensual determina tu tramo.

Los 15 tramos de cotización 2026

La cuota mínima mensual varía entre 205,88 € (tramo 1 de la tabla reducida, rendimiento ≤670 €/mes) y 607,35 € (tramo 12 de la tabla general, rendimiento >6.000 €/mes). Un autónomo con un rendimiento neto de 1.500-2.000 €/mes paga entre 302,65 € y 380,88 € al mes si cotiza por la base mínima. Cotizando por el tope de 5.101,20 € la cuota se va a 1.606,88 € mensuales.

Tarifa plana para nuevos autónomos

Si te das de alta como autónomo por primera vez (o no has estado de alta en los últimos 2 años), puedes acogerte a la cuota reducida de 80 €/mes durante los primeros 12 meses, independientemente de tus ingresos. Al ser una cuota que sustituye a las contingencias comunes y profesionales, el MEI se cotiza aparte, así que el recibo real ronda los 88,56 € con la base mínima de la tabla general (estimación orientativa). Si tus rendimientos netos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puede ampliarse otros 12 meses adicionales.

Los 80 € los fijó la disposición transitoria 5.ª del RD-ley 13/2022 para 2023, 2024 y 2025. Desde 2026 el importe corresponde fijarlo a la Ley de Presupuestos Generales del Estado; como no se han aprobado unos PGE para 2026 y rige la prórroga presupuestaria, se sigue aplicando la misma cuantía.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un autónomo de cuota en 2026?

Depende de tus rendimientos netos. Con ingresos anuales de 30.000 € y gastos de 5.000 €, el rendimiento neto computable es de 1.937,50 €/mes, que cae en el tramo 5 de la tabla general: base mínima de 1.209,15 € y cuota de 380,88 €/mes. La cuota más baja posible sin cuota reducida es de 205,88 €/mes. Son estimaciones orientativas.

¿Hasta cuándo puedo cambiar la base de cotización de este año?

Hasta el 31 de octubre. Es la última de las seis ventanas del año y sus efectos empiezan el 1 de noviembre, así que solo alcanza a los dos últimos meses. Lo que solicites entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre ya se aplica desde el 1 de enero del año siguiente.

Si cotizo por la base mínima y luego gano más, ¿me cobran intereses?

No. El artículo 308.1.c) de la Ley General de la Seguridad Social dice que, si la cotización provisional resultó inferior a la que correspondía, se ingresa la diferencia hasta el último día del mes siguiente a la notificación «sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno». Eso sí, la diferencia se paga entera y de golpe.

¿Las cotizaciones de autónomos son deducibles?

Sí. Las cuotas a la Seguridad Social son un gasto deducible en el IRPF. Se restan de tus ingresos para calcular el rendimiento neto de actividades económicas. Sin embargo, para determinar tu tramo de cotización, se calcula el rendimiento neto ANTES de restar las cotizaciones.

¿Qué pasa si mis ingresos cambian durante el año?

Puedes cambiar tu base hasta 6 veces al año para adaptarla a tus ingresos reales. Después, la Seguridad Social regulariza con los rendimientos que le comunica Hacienda, pero solo si tu base quedó fuera del intervalo de tu tramo definitivo: si cotizaste por debajo de su base mínima, ingresas la diferencia; si cotizaste por encima de su base máxima, te devuelven el exceso de oficio. Si tu base estaba dentro del intervalo, no se regulariza nada.

¿Qué diferencia hay entre autónomo persona física y societario?

El autónomo persona física puede aplicar una reducción del 7% por gastos de difícil justificación al calcular su rendimiento neto. El autónomo societario (administrador de una sociedad) solo puede aplicar el 3%. Esto afecta al tramo y, por tanto, a la cuota.

¿Conviene cotizar por la base mínima o por una superior?

Cotizar por la base mínima reduce tu gasto mensual, pero tus prestaciones futuras (jubilación, baja por enfermedad, cese de actividad) serán menores. Cotizar por una base más alta aumenta tu cuota pero mejora tus prestaciones. Es una decisión personal que depende de tu capacidad de ahorro y previsión.

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