Calculadora Pensión de Jubilación 2026
Estima cuánto cobrarás de pensión de jubilación. Introduce tu fecha de nacimiento, salario y años cotizados para conocer tu edad de jubilación, la pensión estimada y la diferencia con tu salario actual.
La jubilación flexible permite cobrar parte de la pensión mientras trabajas. Desde el 28 de agosto de 2026 también pueden pedirla algunos autónomos (RD 416/2026).
Tu salario bruto anual actual. Se usa para estimar la base reguladora.
Total de años cotizados a la Seguridad Social.
Meses extra sobre los años completos.
¿Cómo se calcula la pensión de jubilación?
La pensión se calcula en varios pasos:
- Base reguladora: media de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses), dividida entre 350. En 2026 se aplica un sistema dual que toma el cálculo más favorable.
- Porcentaje por años cotizados: con 15 años se obtiene el 50%. Cada mes adicional suma entre 0,19% y 0,21% hasta alcanzar el 100% con 36 años y 6 meses.
- Pensión bruta: base reguladora × porcentaje por cotización.
- Topes: se aplican los límites de pensión mínima y máxima.
Edad de jubilación en 2026
| Situación | Edad de jubilación |
|---|---|
| 38 años y 3 meses o más cotizados | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses cotizados | 66 años y 10 meses |
Porcentaje por años cotizados
| Período | Porcentaje |
|---|---|
| Primeros 15 años (180 meses) | 50% |
| Meses 181-229 (años 16-19) | +0,21% por mes |
| Desde el mes 230 (año 20+) | +0,19% por mes |
| 36 años y 6 meses (438 meses) | 100% |
Jubilación anticipada
Es posible jubilarse hasta 24 meses antes de la edad legal, con una penalización sobre la pensión. La reducción es del 0,50% por mes de anticipo si has cotizado menos de 38,5 años, o del 0,375% si has cotizado más. La jubilación anticipada voluntaria requiere al menos 35 años cotizados.
Jubilación flexible: cobrar pensión y trabajar
El Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo, en vigor desde el 28 de agosto de 2026, reordena la jubilación flexible y, por primera vez, la abre a determinados trabajadores por cuenta propia. Estos son los porcentajes de pensión que se conservan:
| Situación | Pensión compatible |
|---|---|
| Trabajo a tiempo parcial (jornada del 33% al 80%) | 100% menos el porcentaje de jornada |
| Jornada del 55% al 80%, iniciada por primera vez pasados 6 meses | +25 puntos adicionales |
| Jornada del 33% al 55%, iniciada por primera vez pasados 6 meses | +15 puntos adicionales |
| Actividad por cuenta propia (sin alta en los 3 años previos) | 25% fijo |
Hay tres letras pequeñas que conviene tener claras: el inicio de la actividad se comunica antes de empezar o la pensión cobrada pasa a ser indebida (art. 5), lo que se cotice durante ese periodo no mejora la pensión ya reconocida (art. 7.2), y quien cobró el complemento por jubilación demorada como pago único no puede acogerse (art. 6.2). Además, se pierde el complemento a mínimos mientras dure la compatibilidad.
Preguntas frecuentes
¿La pensión paga IRPF?
Sí. La pensión de jubilación tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF. La Seguridad Social aplica una retención mensual, igual que un empleador. Las pensiones más altas tienen retenciones mayores.
¿Puedo trabajar y cobrar la pensión a la vez?
Sí, y hay varias vías. Con la jubilación flexible, regulada por el Real Decreto 416/2026 y en vigor desde el 28 de agosto de 2026, puedes compatibilizar parte de la pensión con un trabajo a tiempo parcial (jornada entre el 33% y el 80%) o, si no estuviste de alta como autónomo en los tres años anteriores, con una actividad por cuenta propia cobrando el 25% de la pensión. Con la jubilación activa se mantiene un porcentaje mayor, pero exige haber alcanzado la edad ordinaria y el 100% de la base reguladora. Usa el modo «Compatibilizar pensión y trabajo» de la calculadora para ver tu caso.
Si compatibilizo pensión y trabajo, ¿tendré que hacer la declaración de la renta?
Casi con seguridad, sí. Si compatibilizas la pensión con un trabajo a tiempo parcial pasas a tener dos pagadores, y cuando el segundo supera los 1.500 € anuales tu límite para declarar baja de 22.000 € a 15.876 € (art. 96.3.a de la Ley del IRPF). Si lo compatibilizas con una actividad por cuenta propia, el alta en el RETA obliga a declarar en cualquier caso, sin importar cuánto ingreses. Compruébalo en la calculadora de obligación de declarar.
¿Qué es la tasa de sustitución?
Es el porcentaje que representa tu pensión respecto a tu último salario neto. En España está en torno al 70-80% para salarios medios, una de las más altas de Europa. Indica cuánto descenderá tu nivel de ingresos al jubilarte.