Deducción por guardería y maternidad 2026: hasta 2.200 €

Contenido elaborado por el equipo editorial de CalculadoraRenta.es a partir de fuentes oficiales (AEAT y BOE). Cómo verificamos los datos.

Deducción por guardería y maternidad 2026: hasta 2.200 €

Septiembre es el mes en que las familias pagan matrícula, reservan plaza y firman el recibo del primer mes de guardería. Es también el momento de tener claro que la deducción por guardería no es una ayuda que haya que solicitar, sino un dinero que se resta directamente en la declaración de la renta: hasta 1.000 € que se suman a los 1.200 € de la deducción por maternidad, es decir, hasta 2.200 € por hijo menor de tres años. La parte que más se pierde no es la del recién nacido, sino la del último año, y tiene que ver con el calendario escolar.

Qué se puede deducir por la guardería

El artículo 81 de la Ley del IRPF regula dos cosas distintas que se cobran juntas:

  • La deducción por maternidad: hasta 1.200 € al año por cada hijo menor de tres años, a razón de 100 € por cada mes con derecho. Se puede pedir por anticipado a la Agencia Tributaria, cobrando esos 100 € mensuales.
  • El incremento por gastos de custodia: hasta 1.000 € más al año si se pagan gastos de guardería o centro de educación infantil. Este no se puede anticipar: solo se aplica al presentar la declaración.

Cuentan como gastos de custodia la preinscripción, la matrícula, la asistencia en horario general y ampliado, y la alimentación. Es decir, la matrícula de septiembre y el comedor entran. Lo que no entra son las actividades extraescolares ni el material.

Hay dos límites que conviene entender por separado. El primero es de meses: solo computan los meses abonados por mes completo, aunque una parte del mes sea no lectiva. El segundo es de dinero: el incremento nunca puede superar el gasto efectivo no subvencionado que se haya pagado al centro por ese hijo, sumando lo que hayan pagado los dos progenitores y restando las ayudas que se abonen directamente a la guardería.

Quién tiene derecho, y desde cuándo

Desde el ejercicio 2023 el acceso es más amplio de lo que mucha gente cree. Tienen derecho las madres con hijos menores de tres años que, en el momento del nacimiento, estén dadas de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad, pero también las que en ese momento estuvieran cobrando una prestación o subsidio por desempleo. Y quien se da de alta más tarde entra igualmente, con un mínimo de 30 días cotizados: el mes en que se completan esos 30 días suma además 150 € extra.

Un matiz que sí excluye: los meses en que se percibe el complemento de ayuda para la infancia del ingreso mínimo vital por ese hijo no generan deducción por maternidad.

Y una novedad que ha ampliado mucho el círculo de guarderías válidas. Durante años Hacienda denegaba el incremento cuando el centro no tenía autorización de la administración educativa autonómica como centro de educación infantil. La sentencia 7/2024 del Tribunal Supremo, de 8 de enero de 2024, tumbó ese criterio: basta con la autorización necesaria para la apertura y el funcionamiento de la actividad de custodia de menores, que en muchos casos es una licencia municipal. El Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, llevó esa doctrina al artículo 69.9 del Reglamento del IRPF. Si te denegaron la deducción por este motivo, merece la pena revisarlo.

Cuánto dinero supone

Caso 1. Hijo nacido en mayo de 2025, ejercicio 2026 completo. La madre trabaja todo el año y paga 300 € al mes de guardería, once meses completos (agosto cierra).

  • Deducción por maternidad: 12 meses × 100 € = 1.200 €
  • Incremento por guardería: 1.000 € ÷ 12 × 11 meses = 916,67 €
  • Gasto efectivo pagado: 3.300 €, muy por encima del incremento, así que no lo recorta
  • Total: 2.116,67 € que se restan de la cuota diferencial

Caso 2. El año en que cumple tres años. Niña nacida en marzo de 2023, que cumple tres años en marzo de 2026. Sigue en la guardería hasta que termina el curso en junio, a 300 € al mes.

ConceptoLo que mucha gente declaraLo que permite la ley
Meses de deducción base2 (enero y febrero)2 (enero y febrero)
Meses de guardería computables26 (enero a junio)
Deducción por maternidad200 €200 €
Incremento por guardería166,67 €500 €
Total366,67 €700 €

La diferencia son 333,33 € por creer que la deducción se corta el día del cumpleaños. Ambos ejemplos son estimaciones orientativas: el resultado depende de los meses realmente pagados por completo y del gasto no subvencionado.

El año en que cumple tres años es el que más se pierde

La deducción base sí se corta: los hijos se determinan según su situación el último día de cada mes, así que el mes en que el menor cumple tres años ya no cuenta. Pero el incremento por guardería no se corta ahí. La ley lo extiende a los gastos posteriores al cumpleaños hasta el mes anterior a aquel en que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil. Ese ciclo arranca en septiembre, de modo que el último mes computable es agosto.

Traducido: un niño que cumple tres años en enero genera cero meses de deducción base, pero puede generar hasta ocho meses de incremento por guardería. Es el tramo que sistemáticamente se queda sin declarar.

Qué puedes hacer ahora

  1. Calcula tu caso concreto con la calculadora de la deducción por maternidad y guardería: aplica el prorrateo por meses, el tope del gasto real y la ampliación del año en que el niño cumple tres.
  2. Guarda las facturas de septiembre. La matrícula y la preinscripción cuentan como gasto de custodia, y son un pico de gasto que suele olvidarse en junio siguiente.
  3. Comprueba que el centro está declarado. Las guarderías presentan en enero una declaración informativa con los meses completos y el gasto de cada menor. Si tus datos fiscales no la reflejan, pregunta en el centro antes de presentar la renta.
  4. Mira también tu comunidad autónoma. Aragón, Canarias, Murcia, Galicia, Castilla y León o la Comunidad Valenciana tienen su propia deducción por guardería, compatible con la estatal. Están recogidas en la guía de deducciones autonómicas por comunidad.
  5. Presenta la declaración aunque no estés obligada. La deducción se resta de la cuota diferencial y puede convertirse en devolución. Compruébalo en la calculadora de quién está obligado a declarar, y revisa cómo encaja con el mínimo por descendientes, que es una figura distinta y compatible.

En resumen

  • La deducción por maternidad son 1.200 € anuales por hijo menor de tres años, y el incremento por guardería suma hasta 1.000 € más.
  • Solo computan los meses pagados por mes completo, y el incremento nunca supera el gasto no subvencionado realmente satisfecho.
  • Desde 2023 también tienen derecho las madres que cobraban paro al nacer el hijo, y quien se da de alta después con 30 días cotizados suma 150 € extra.
  • La guardería no necesita autorización como centro educativo: basta la licencia de actividad de custodia, según la sentencia 7/2024 del Supremo y el RD 253/2025.
  • En el año en que el menor cumple tres años el incremento llega hasta agosto, aunque la deducción base se haya cortado antes.

Información orientativa elaborada a partir del artículo 81 de la Ley 35/2006 del IRPF y de los artículos 60 y 69 de su Reglamento, en su redacción vigente. No sustituye al asesoramiento profesional ni a la consulta de tus datos fiscales. Actualizado a 29 de agosto de 2026.