Renta 2026 en Cantabria: qué puedes deducir y cómo aplicarlo
Contenido elaborado por el equipo editorial de CalculadoraRenta.es a partir de fuentes oficiales (AEAT y BOE). Cómo verificamos los datos.
Renta 2026 en Cantabria: qué deducciones puedes aplicar
Si resides en Cantabria, puedes aplicar deducciones autonómicas en el IRPF en tu Renta 2026 (ejercicio 2025). Esta guía está contrastada con el artículo 2 del Decreto Legislativo 62/2008 (texto refundido de tributos cedidos de Cantabria) en la versión consolidada vigente a 31 de diciembre de 2025, tras la última reforma de la Ley 3/2024. Puedes calcular tu ahorro con la calculadora de deducciones de Cantabria y simular tu declaración con el simulador de renta.
Dos aclaraciones frente a lo que circula por ahí: la deducción por alquiler sí exige ser menor de 36 años, tener 65 o más o una discapacidad ≥ 65 %, y no hay un tope de 600 EUR por ser joven (el tope de 600 EUR es solo para tributación conjunta).
Tabla resumen de deducciones autonómicas en Cantabria
| Deducción | Importe | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Arrendamiento de vivienda | 10 %, máx. 300 EUR (600 EUR en conjunta) | < 36 años, ≥ 65 o discapacidad ≥ 65 %; alquiler > 10 % de la renta |
| Cuidado de familiares | 100 EUR por descendiente < 3 años, ascendiente > 70 o familiar con discapacidad ≥ 65 % | Convivencia > 183 días; rentas del familiar ≤ 6.000 EUR |
| Gastos por enfermedad | 10 % de honorarios sanitarios, máx. 500 EUR (700 EUR conjunta) | Base liquidable < 22.946 / 31.485 EUR |
| Donativos | 15 % a fundaciones y asociaciones de discapacidad; 12 % al Fondo Cantabria Coopera | Entidad en Cantabria; tope 10 % de la base liquidable |
| Obras de mejora en viviendas | 15 %, máx. 1.000 EUR (1.500 EUR conjunta) | Vivienda propia en Cantabria |
| Guardería | 15 %, máx. 300 EUR por hijo < 3 años | Pago por medios bancarios |
| Familia monoparental | 200 EUR | Base liquidable < 31.485 EUR |
| Nacimiento o adopción | 1.400 EUR por hijo, en el ejercicio y los dos siguientes | Hijos nacidos o adoptados desde el 1-1-2024 |
Detalle de las principales deducciones
1. Arrendamiento de vivienda habitual
Puedes deducirte el 10 % de lo pagado por el alquiler de tu vivienda habitual, hasta 300 EUR al año (600 EUR si tributas de forma conjunta, siempre que al menos uno de los declarantes cumpla los requisitos).
- Tener menos de 36 años o 65 o más. Una discapacidad con grado ≥ 65 % te exonera del requisito de edad.
- Que lo pagado en alquiler supere el 10 % de tu renta.
- Pago por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta, con factura o recibo: nunca en efectivo.
Ejemplo orientativo: con 30 años, 24.000 EUR de renta y 6.000 EUR de alquiler anual, el 10 % es 600 EUR, pero el límite individual es de 300 EUR.
2. Cuidado de familiares
100 EUR por cada descendiente menor de 3 años, cada ascendiente mayor de 70 y cada ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano con discapacidad ≥ 65 % (también por afinidad). El familiar debe convivir contigo más de 183 días del año (no se exige a los menores de 3 años) y no tener rentas brutas anuales superiores a 6.000 EUR (1,5 veces el IPREM en caso de discapacidad). Es incompatible con la deducción por nacimiento o adopción para esos mismos hijos, pero no para ascendientes mayores de 70 ni para familiares con discapacidad.
3. Gastos por enfermedad
El 10 % de los honorarios profesionales pagados por servicios sanitarios (enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento, accidentes e invalidez), propios o de las personas incluidas en tu mínimo familiar, siempre que no los cubra la Seguridad Social o tu aseguradora. Límite: 500 EUR individual y 700 EUR conjunta, con 100 EUR más por contribuyente con discapacidad ≥ 65 %. Requisito: base liquidable inferior a 22.946 EUR (individual) o 31.485 EUR (conjunta). Hace falta factura y pago por medios bancarios.
4. Donativos
El 15 % de lo donado a fundaciones domiciliadas en Cantabria inscritas en el Registro de Fundaciones, y a asociaciones cántabras cuyo objeto sea el apoyo a personas con discapacidad; el 12 % si se dona al Fondo Cantabria Coopera. La base de esta deducción, sumada a la de las deducciones estatales por donativos, no puede superar el 10 % de la base liquidable.
5. Obras de mejora en viviendas
El 15 % de lo pagado en obras de rehabilitación calificada, eficiencia energética, higiene, salud, accesibilidad, energías renovables, sustitución de instalaciones o telecomunicaciones, en una vivienda de tu propiedad situada en Cantabria (o en su edificio). Límite anual de 1.000 EUR individual y 1.500 EUR conjunta, con 500 EUR más por contribuyente con discapacidad ≥ 65 %; lo no deducido por exceder el límite puede aplicarse en los dos ejercicios siguientes. No vale para viviendas afectas a una actividad económica, garajes, piscinas o lo ya subvencionado o deducido a nivel estatal.
6. Guardería, monoparentalidad y nacimiento
- Guardería: 15 % con máximo de 300 EUR por hijo menor de 3 años.
- Familia monoparental: 200 EUR con base liquidable inferior a 31.485 EUR.
- Nacimiento o adopción: 1.400 EUR por hijo en el ejercicio en que se produce y los dos siguientes, prorrateados por mitad entre progenitores en declaración individual; para nacimientos y adopciones desde el 1 de enero de 2024.
Otras deducciones recogidas en la norma
- Municipios en riesgo de despoblamiento: alquiler 20 % (máx. 600 EUR individual / 1.200 EUR conjunta, incompatible con la general); guardería 30 % (máx. 600 EUR por hijo); 500 EUR por traslado laboral a esos municipios (en el año del cambio y el siguiente); 200 EUR por hijo estudiante menor de 25 que curse bachillerato, FP o universidad fuera del municipio; y 20 % (máx. 500 EUR) para menores de 40 años con residencia habitual todo el año.
- Gastos de educación: 100 % de libros de texto de enseñanza obligatoria más 15 % de idiomas extraescolares, con un tope conjunto de 200 EUR por unidad familiar.
- Ayuda doméstica: 20 % de la cuota de Seguridad Social del empleado del hogar, máx. 300 EUR, solo en los supuestos de la norma (hijos menores con ambos progenitores trabajando, monoparentalidad o titular de 75 años o más).
- Nuevos residentes en Cantabria desde otra comunidad: 10 % de los gastos del traslado (máx. 1.000 EUR) o 25 % por motivos laborales (máx. 1.500 EUR).
- Alquiler de vivienda vacía: 500 EUR por inmueble, con contrato de al menos tres años y renta mensual de hasta 1.000 EUR.
- Acogimiento familiar de menores: 240 EUR por menor, hasta 1.200 EUR.
- Inversión en nuevas entidades: 15 %, máx. 1.000 EUR, con los requisitos de la norma.
- Economía social: 20 % de aportaciones como socio, 50 % y 25 % de donaciones, con límite conjunto de 3.000 EUR.
Los requisitos de estas últimas son largos: consúltalos en el texto oficial antes de aplicarlas.
Cómo aplicar las deducciones autonómicas de Cantabria
- Revisa tu borrador: comprueba en Renta WEB que figura tu residencia fiscal en Cantabria y qué deducciones autonómicas se han trasladado.
- Reúne la documentación: recibos de alquiler, libro de familia, facturas sanitarias y de obras, certificados de donaciones. Conserva todo al menos 4 años.
- Simula antes de presentar: usa el simulador de renta y la calculadora de deducciones de Cantabria.
- Paga por medios bancarios: casi todas exigen justificar el pago con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta; el efectivo no da derecho.
- Añade a mano lo que falte: el borrador no siempre incluye todas las deducciones autonómicas.
Consulta la página de deducciones autonómicas para comparar con otras comunidades.
Fuente oficial
Información orientativa a 14 de octubre de 2026, contrastada con el texto consolidado vigente a 31 de diciembre de 2025. Consulta la AEAT o la normativa autonómica para confirmar los datos aplicables a tu situación personal.
Deducciones en otras comunidades autonomas
Consulta las deducciones disponibles en otras comunidades:
- Deducciones Andalucia
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