Renta 2026 en Extremadura: qué puedes deducir y cómo aplicarlo
Contenido elaborado por el equipo editorial de CalculadoraRenta.es a partir de fuentes oficiales (AEAT y BOE). Cómo verificamos los datos.
Renta 2026 en Extremadura: qué deducciones puedes aplicar
Si resides en Extremadura, dispones de varias deducciones autonómicas en el IRPF que pueden aligerar tu factura fiscal en la Renta 2026 (ejercicio 2025). Extremadura ofrece incentivos centrados en la vivienda de los jóvenes y del medio rural, las familias, el cuidado de familiares con discapacidad y los trabajadores con rentas más bajas.
En esta guía encontrarás un resumen en tabla con todas las deducciones y el detalle completo de cada una. Puedes calcular tu ahorro con la calculadora de deducciones de Extremadura y simular tu declaración completa en el simulador de renta.
Extremadura concentra sus deducciones en los contribuyentes con rentas más modestas: casi todas exigen que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no supere 19.000 EUR en individual o 24.000 EUR en conjunta, y las de alquiler, cuidado de hijos y residencia rural suben el límite a 28.000 EUR y 45.000 EUR. Los datos de esta guía están contrastados con el texto consolidado del Decreto Legislativo 1/2018 (BOE-A-2018-8159) en la redacción vigente a 31 de diciembre de 2025.
Tabla resumen de deducciones autonómicas en Extremadura
| Deducción | Importe | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Adquisición vivienda jóvenes | 3% de lo satisfecho, sin intereses (5% en municipios <3.000 hab.) | Menores de 36 años, primera vivienda protegida. Bases ≤ 19.000 EUR (ind.) / 24.000 EUR (conj.) |
| Alquiler de vivienda | 30%, máx. 1.000 EUR (1.500 EUR en mun. <3.000 hab.) | Menor de 36 años, familia numerosa, discapacidad ≥ 65 % o monoparental con dos hijos. Bases ≤ 28.000 / 45.000 EUR |
| Partos múltiples | 300 EUR por hijo | Convivencia con los hijos. Bases ≤ 19.000 / 24.000 EUR |
| Cuidado familiares con discapacidad | 150 EUR por familiar (220 EUR si espera la ayuda a la dependencia) | Discapacidad ≥ 65 %, convivencia, bases ≤ 19.000 / 24.000 EUR |
| Trabajo dependiente | 75 EUR | Rendimientos del trabajo ≤ 12.000 EUR y resto de rentas ≤ 300 EUR |
Detalle de cada deducción autonómica en Extremadura
1. Adquisición de vivienda habitual para jóvenes y víctimas del terrorismo (art. 8)
Puedes deducirte el 3% de las cantidades satisfechas en el año por la adquisición o rehabilitación de una vivienda nueva en Extremadura acogida a modalidades de protección pública (vivienda de protección oficial o de promoción pública) que sea o vaya a ser tu vivienda habitual. Los intereses no entran en la base.
Requisitos:
- Residir habitualmente en Extremadura y tener menos de 36 años a 31 de diciembre de 2025.
- Que sea tu primera vivienda: no haber tenido ni tener la plena propiedad de al menos el 50 % de otra vivienda.
- Bases imponibles general y del ahorro ≤ 19.000 EUR en individual o 24.000 EUR en conjunta.
- Las víctimas del terrorismo (o su cónyuge, pareja de hecho o hijos convivientes) tienen la misma deducción sin límite de edad.
- En municipios y entidades locales menores de menos de 3.000 habitantes el porcentaje sube al 5% y no se exige que la vivienda sea protegida.
- Los conceptos de adquisición, vivienda habitual y base máxima son los de la normativa estatal vigente a 31 de diciembre de 2012. No se puede aplicar a la vez que la deducción del art. 11 bis (vivienda en zonas rurales).
Ejemplo (estimación orientativa): a los 32 años, con bases de 17.000 EUR, si has pagado 6.000 EUR de principal y gastos de adquisición de una vivienda protegida, el 3% son 180 EUR.
2. Alquiler de vivienda habitual (art. 9)
Deducción del 30% de lo pagado por el alquiler de tu vivienda habitual, con un máximo de 1.000 EUR al año, o de 1.500 EUR si la vivienda está en un municipio o entidad local menor de menos de 3.000 habitantes.
Requisitos:
- Cumplir al menos una de estas circunstancias: tener menos de 36 años a fecha de devengo (en conjunta basta con que lo cumpla uno de los cónyuges); formar parte de una familia numerosa o ser ascendiente separado legalmente o sin vínculo matrimonial con dos hijos sin derecho a anualidades por alimentos y con derecho al mínimo por descendientes completo; o tener una discapacidad ≥ 65 % (o incapacitación judicial o curatela representativa).
- Bases imponibles general y del ahorro ≤ 28.000 EUR en individual o 45.000 EUR en conjunta. El límite se aplica también en municipios rurales.
- Que sea tu vivienda habitual, en Extremadura, y que hayas pagado el ITP del contrato (o esté justificada su exención).
- No tener derecho en ese año a deducción por inversión en vivienda habitual.
- Que ni tú ni tu unidad familiar tengáis la propiedad o un derecho de uso o disfrute de otra vivienda a menos de 75 km.
- Si dos o más contribuyentes tienen derecho por la misma vivienda, el importe se reparte por partes iguales.
Ejemplo (estimación orientativa): con 500 EUR mensuales (6.000 EUR al año) y bases de 22.000 EUR, el 30% son 1.800 EUR, limitados a 1.000 EUR. En un municipio de menos de 3.000 habitantes el tope sería 1.500 EUR.
3. Parto o adopción múltiple (art. 3)
300 EUR por cada hijo nacido en el periodo impositivo en un parto múltiple.
Requisitos:
- Suma de bases imponibles general y del ahorro ≤ 19.000 EUR (individual) o 24.000 EUR (conjunta).
- Solo tienen derecho los padres que conviven con los hijos a fecha de devengo. Si conviven con ambos progenitores y tributan por separado, la deducción se reparte por partes iguales.
Ejemplo (estimación orientativa): gemelos nacidos en 2025 con bases de 16.000 EUR: 300 × 2 = 600 EUR; con trillizos, 900 EUR.
4. Cuidado de familiares con discapacidad (art. 5)
150 EUR por cada ascendiente o descendiente con discapacidad igual o superior al 65 %, o judicialmente incapacitado o con curatela representativa.
Requisitos:
- El familiar convive de forma ininterrumpida al menos la mitad del periodo impositivo contigo, y la convivencia está acreditada por los servicios sociales de base u otro organismo público competente.
- Tus bases imponibles general y del ahorro no superan 19.000 EUR (individual) o 24.000 EUR (conjunta).
- La renta general y del ahorro del familiar no supera el doble del IPREM (incluidas las exentas) y no está obligado a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio.
- La deducción es de 220 EUR si el familiar tiene reconocido el derecho a una ayuda a la dependencia pero a 31 de diciembre aún no la cobra.
- Si varios contribuyentes del mismo grado de parentesco tienen derecho, se reparte por partes iguales; si el parentesco es distinto, corresponde al de grado más cercano.
5. Trabajo dependiente (art. 2)
75 EUR sobre la cuota íntegra autonómica.
Requisitos:
- Que los rendimientos íntegros del trabajo no superen 12.000 EUR anuales.
- Que la suma del resto de rendimientos netos, ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de renta no exceda de 300 EUR.
- Es incompatible con la deducción para contribuyentes viudos.
Otras deducciones vigentes en Extremadura
- Acogimiento de menores (art. 4): 250 EUR por menor en acogimiento temporal, permanente o de urgencia con convivencia de 183 días o más; 125 EUR si la convivencia es de entre 91 y 182 días.
- Contribuyentes viudos (art. 7): 100 EUR, o 200 EUR si tienen a su cargo descendientes que dan derecho al mínimo por descendientes y no perciben renta. Bases ≤ 19.000 / 24.000 EUR.
- Cuidado de hijos de hasta 14 años (art. 6): 10% de lo pagado a empleada del hogar, guarderías, centros de ocio, campamentos, centros deportivos o ludotecas, con un máximo de 400 EUR por unidad familiar. Exige que ambos progenitores trabajen y estén dados de alta, factura, derecho al mínimo por descendientes y base imponible ≤ 28.000 / 45.000 EUR.
- Material escolar (art. 10): 15 EUR por cada hijo o descendiente en edad escolar obligatoria con derecho al mínimo por descendientes, con bases ≤ 19.000 / 24.000 EUR y convivencia.
- Residencia en municipios de menos de 3.000 habitantes (art. 11 ter): 15% de la cuota íntegra autonómica, con bases ≤ 28.000 / 45.000 EUR.
- Vivienda habitual en zonas rurales (art. 11 bis): 10% de lo invertido en adquirir o rehabilitar la vivienda habitual en un municipio de menos de 3.000 habitantes (base máxima anual de 9.040 EUR), incompatible con las deducciones de los arts. 8 y 11 quater.
- Intereses de la hipoteca para jóvenes (art. 11 quater): 25% de los intereses, con base máxima de 1.000 EUR (máximo 250 EUR). Menores de 36 años, primera vivienda y bases ≤ 28.000 / 45.000 EUR.
- Arrendadores de viviendas vacías (art. 9 bis): 100% del rendimiento neto reducido, hasta 1.200 EUR, si la vivienda llevaba al menos un año vacía y se alquila como vivienda habitual por tres años o más.
- Rehabilitación de viviendas rurales para alquilar (art. 9 ter): 15% de lo invertido, con base máxima de 180.000 EUR.
- Traslado de residencia a Extremadura (art. 11 sexies): 50% de la cuota íntegra autonómica en el año del traslado y en los dos siguientes (75% si tienes menos de 36 años), manteniendo la residencia al menos tres años.
- Donaciones a entidades culturales y patrocinio de deportistas (art. 11 quinquies): 20% de lo donado, con un máximo de 500 EUR al año entre todas esas deducciones.
- ELA (arts. 11 septies y 11 octies): 2.000 EUR para el diagnosticado, su cónyuge o pareja que conviva o dependa de él, y sus ascendientes o descendientes que den derecho al mínimo.
- Inversión en acciones de nuevas sociedades (art. 11): 20% con un límite de 4.000 EUR anuales.
Hay otras deducciones recientes (por ejemplo, la de gastos veterinarios) cuya redacción en el texto consolidado solo figura con efectos posteriores a 2025, por lo que no se aplican en esta declaración.
La escala autonómica de Extremadura va del 8% al 25% (art. 1 del Decreto Legislativo 1/2018, redacción del Decreto-ley 4/2023).
Para el cálculo orientativo de las más habituales, usa la calculadora de deducciones de Extremadura.
Cómo aplicar las deducciones autonómicas de Extremadura
- Revisa tu borrador: Accede a Renta WEB a partir de abril de 2026. Verifica que refleja tu residencia en Extremadura y revisa las deducciones autonómicas del borrador.
- Reúne la documentación: Escritura de compraventa o recibos hipotecarios, recibos de alquiler, certificados de nacimiento (partos múltiples), certificados de discapacidad y de convivencia, y documentación laboral. Conserva todo 4 años.
- Simula antes de presentar: Utiliza el simulador de renta para calcular el impacto. Consulta también la calculadora de deducciones de Extremadura.
- Verifica los requisitos: Presta especial atención a los umbrales de renta (19.000/24.000 EUR en las de familia y primera vivienda; 28.000/45.000 EUR en alquiler y rural; 12.000 EUR de rendimientos para trabajo dependiente).
- Añade las deducciones que falten: El borrador no siempre incluye todas las deducciones autonómicas automáticamente.
- Presenta la declaración: La campaña va de abril a junio de 2026.
Consulta la página de deducciones autonómicas para comparar con otras comunidades.
Conclusión
Las deducciones autonómicas de Extremadura para la Renta 2026 (ejercicio 2025) se dirigen a rentas moderadas: primera vivienda protegida de jóvenes (3%, 5% en el medio rural), alquiler (30%, máximo 1.000-1.500 EUR), partos múltiples (300 EUR por hijo), familiares con discapacidad (150 EUR) y trabajo dependiente (75 EUR), además de las de traslado, ELA y vivienda rural. Lo decisivo es comprobar el límite de bases imponibles de cada una, porque no es el mismo en todas.
Calcula tu resultado con la calculadora de deducciones de Extremadura y obtén una estimación completa en el simulador de renta.
Información orientativa, contrastada con el BOE consolidado en octubre de 2026 (normativa vigente a 31-12-2025). Consulta la AEAT o un asesor fiscal para confirmar los datos aplicables a tu situación personal.
Deducciones en otras comunidades autonomas
Consulta las deducciones disponibles en otras comunidades:
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